(Publicado el 22-12-2016)
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
Se hace saber a los señores Socios que por Resolución de Comisión Directiva del 14-06-2004, según Acta Nº 876, se ha dispuesto poner en vigencia a partir de la fecha el siguiente Reglamento de Construcción.-
1.- Planos.-
Por cada construcción que el socio realice, previo a la ejecución de la misma, deberá presentar al Club los planos de construcción en escala de 1:100 , los cuales serán visados por la Comisión de Catastro y Planificación del Club, quedando ésta facultada para aprobar, rechazar, inspeccionar y hacer cumplir el presente Reglamento de Construcción .- Dicho requisito se establece tanto para una nueva construcción, como para refacciones y ampliaciones.-
Los planos comprenden : Silueta de superficie donde se observe la ubicación de la construcción dentro del terreno, plano de arquitectura, estructuras, carpintería, replanteo en escala 1:50 y planos de instalaciones.-
Todo este tipo de documentación es obligatorio presentarla, al solo efecto de verificar que la construcción se encuentre dentro de los límites del terreno.-
2.- Características de los materiales a usarse:
En la misma se admitirán tejuelas de madera, chapa lisa o trapezoidal color o natural, tejuelas de madera, tejas de cerámica esmaltada o sin esmaltar, losa de hormigón.-
Cualquier otro tipo de cubierta no contemplada en el presente reglamento deberá ser tratado en forma particular.-
Restricciones:
No se admitirán construcciones industrializadas íntegramente de madera, ni cubiertas de techo de paja.-
No se podra ejecutar ningun tipo de pared o cerramiento sobre los frentes o laterales de los Lotes. Solo se permitira la ejecucion de cercos vivos a partir de la utilizacion de vegetacion. Para el sosten de dicha vegetacion se contemplara la ejecucion de cercos de alambre romboidal y parantes metalicos o de madera de no mas de 1,25 m de altura, sobre el nivel del suelo, que deberan quedar ocultos una vez que la vegetacion crezca
3.- Deposito de materiales.-
Se prohibe depositar materiales, u otros elementos en la vía pública, es decir fuera de los límites del lote, ya sea previo o durante la construcción, fuese ésta nueva o se refaccione la existente.-
4.- Cerco para la construcción.-
Se debe realizar un cerco provisorio en el frente, de alambre romboidal, de madera o con media sombra de 2 metros como mínimo de alto, el que deberá ser retirado una vez finalizada totalmente la obra.-
Con dicho cerco se logra que no estén a la vista ni escombros, ni contenedores, ni materiales de construcción en la calle.- Es por ello que no se admitirá la acumulación de materiales de ningún tipo que no se encuentren dentro de la delimitación descripta .-
La limpieza de herramientas utilizadas para la construcción, no puede realizarse en la vía pública, debido al derramamiento de agua y de suciedad, como así también de resto de materiales de construcción .-
La Comisión de Catastro tendrá a su cargo la verificación de su cumplimiento, y en caso que no se encuentre dentro de los límites, delimitará la colocación del cerco.-
5.- Sistema de desague.-
a) Cloacal
El mismo se deberá realizar a través de cámara de inspección premoldeada o in situ, cámara séptica y pozo absorbente, con sus respectivas ventilaciones.-
No se permite drenaje o lecho nitrificante.-
b) Pluvial
Los desagues pluviales deberán evacuarse hacia la calle con colocación de rejillas o cañerías que no afecten los lotes vecinos.-
6.- Riego.-
Se deberá utilizar un sistema de riego automatizado, usando un tanque cisterna de hasta 1.000 litros, y no, en forma directa de la red.-
Se deberá evitar de regar predios linderos por lo que serán necesario controlar el riego periódicamente para evitar dicha invasión.-
7.- Altura de la edificación.-
Se deberá tener en cuenta que la altura máxima de edificación no podrá superar los 8 (ocho) metros desde el nivel 0,00 o piso de PB.-
8.- Sanitario.-
Cuando no se cuente con sanitarios para el personal de la obra, es obligatorio el uso de sanitarios químicos, los que deben ser colocados dentro de los límites del terreno.-
9.- Volumen edificable.-
Factor de Ocupación del Suelo – F.O.S.
La edificación no podrá ocupar una superficie mayor del 50% del total de la superficie del terreno.-
Factor de Ocupación total – F.O.T.
La superficie total de edificación no podrá superar el 80% de la superficie total del lote.-
La Comisión Directiva
Socio Nº
Firma: .....................................................